¿Hay que incluir los bizums en la declaración de la renta?

En el segundo semestre de 2025 se registraron en España 39 millones de transferencias de dinero a través de Bizum, según los propios datos de la plataforma. El crecimiento de este método de pago es evidente y, en diciembre, la Agencia Tributaria anunció que reforzaría su control sobre estas operaciones, lo que generó inquietud entre muchos ciudadanos.

¿Hay que declarar los Bizum en la declaración de la renta?
Hacienda ha aclarado que las transferencias inmediatas entre particulares —por ejemplo, cuando un amigo envía dinero para pagar una comida o cualquier otro gasto social— no están sujetas a obligación de declaración en el IRPF. Sólo es necesario incluirlas cuando constituyan ganancias patrimoniales o formen parte de una actividad económica.
Así, si un peluquero recibe el pago de sus servicios mediante Bizum, deberá comunicarlo a la Agencia Tributaria, ya que se trata de una operación vinculada a su actividad profesional.
Con la entrada en vigor del Real Decreto 253/2025, a partir del 1 de enero de 2026 las entidades financieras estarán obligadas a informar mensualmente a la Agencia Tributaria de todos los cobros que realicen empresas y profesionales, incluidos los Bizum. Rubén Gimeno, secretario técnico del Registro de Economistas Asesores Fiscales del Consejo General de Economistas de España (REAF‑CGE), puntualiza que «solo los bancos están obligados a proporcionar esta información cuando una de las partes sea un empresario o profesional».
No existe un límite de importe ni un número determinado de Bizum que obligue al contribuyente a declarar; la supervisión se activa de forma automática. En contraste, el uso de efectivo sí está sujeto a topes: el límite general para pagos en efectivo es de 1 000 euros cuando una de las partes es un profesional o empresario, y los movimientos superiores a 100 000 euros en territorio nacional (o 10 000 euros cuando se trata de operaciones vinculadas al extranjero) requieren una declaración previa.
La obligación de declarar también se extiende al cobro de alquileres mediante Bizum. Los arrendadores deben incluir esas rentas en el IRPF como rendimientos del capital inmobiliario. En cambio, las ayudas económicas que padres u otros familiares entreguen a sus hijos para cubrir el alquiler no se consideran ingreso sujeto a tributación, aunque a efectos fiscales pueden considerarse donaciones y estar sujetas al correspondiente impuesto si superan ciertos límites.
En el caso de las plataformas de compraventa de segunda mano, como Wallapop o Vinted, la normativa establece que solo se deben declarar las operaciones que generen una ganancia patrimonial. Dado que la mayoría de estas ventas se realizan a precios inferiores a los de adquisición, habitualmente no generan obligación de declaración. Si no existe una factura que acredite la ganancia, la regla aplicable es la inclusión del importe en la base general del IRPF, lo que implica una tributación a tipos marginales más elevados.
Al igual que con los Bizum, es fundamental distinguir entre un usuario que vende de forma ocasional y quien realiza la actividad de manera profesional; en este último caso la renta obtenida debe incorporarse al IRPF. Desde la campaña anterior, las plataformas están obligadas a suministrar a la Agencia Tributaria información sobre los usuarios que vendan más de 30 productos o ingresen más de 2 000 euros en un ejercicio fiscal.
La campaña de la declaración de la renta 2026 comienza el 8 de abril y se prolongará hasta el 30 de junio. El 6 de mayo es la primera fecha para presentar la declaración de forma telefónica, y el 1 de junio se habilita la presentación presencial. Además, Hacienda permite abonar el resultado de la declaración mediante Bizum; en ese caso conviene revisar los límites diarios de la plataforma para evitar inconvenientes.

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