La justicia dictamina que no hubo amaño en la adjudicación de la mina de Aznalcóllar
Diez años después de que se resolviera el concurso para la explotación de la mina de Aznalcóllar y tras una larga serie de vueltas procesales, la Audiencia Provincial de Sevilla ha dictado sentencia absolviendo a los dieciséis acusados en el caso, entre los que se encuentran ex altos cargos de la Junta de Andalucía, todos los funcionarios y técnicos que formaron parte de la mesa de contratación y los responsables de la empresa andaluza Magtel, propietaria de participaciones en el consorcio adjudicatario.

Falta de indicios de delito y sobreseimiento de la responsabilidad civil
La Sección Tercera de la Audiencia ha concluido que no existen indicios de los delitos de tráfico de influencias, prevaricación administrativa, malversación de caudales, fraude, negociaciones prohibidas ni prevaricación medioambiental que se les imputaban a los acusados, calificando la acusación como “infundada”. En el mismo fallo se absuelven también la propia Junta de Andalucía, Minera Los Frailes, AMC Mining Iberia, Grupo México, Minorbis y Magtel de la responsabilidad civil que se les reclamaba.
En cuanto a las partes que ejercieron la acusación particular —Emerita Resources, Ecologistas en Acción y Andalucía Mining—, el tribunal les condena al pago de las costas procesales, al considerar que existió una “connivencia” entre ellas en el mantenimiento de la posición acusatoria que causó un perjuicio moral y económico a los imputados.
El origen del procedimiento se remonta al 26 de febrero de 2015, cuando Emerita Resources presentó una denuncia contra la adjudicación a Minorbis‑Grupo México alegando incumplimientos de los requisitos del concurso internacional y posibles irregularidades. La jueza que instruía el caso acordó un sobreseimiento provisional en noviembre de 2015 y, nuevamente, en marzo de 2019. No obstante, la Sección Séptima de la Audiencia, con la jueza Mercedes Alaya como ponente, estimó los recursos de Emerita y, el 21 de noviembre de 2021, abrió el juicio oral.
Durante el proceso, la Fiscalía solicitó el archivo de la causa en siete oportunidades, incluida una petición durante la fase oral celebrada entre marzo y julio de 2024. Los magistrados, sin embargo, señalaron que “la posición del Ministerio Fiscal ha sido diáfana a lo largo de la causa, invocando una conclusión absolutoria basada en pruebas de especial consistencia”.
El tribunal destaca que no se ha presentado ninguna prueba que demuestre influencias indebidas sobre los miembros de la mesa de contratación o de la comisión técnica, ni existe testimonio que indique presiones, promesas o incentivos económicos dirigidos a favorecer la oferta de Minorbis‑Grupo México. Asimismo, se subraya la “imparcialidad y profesionalidad” de los integrantes de dichos órganos, quienes, según el fallo, aplicaron un trato idéntico a todas las empresas licitantes.
En lo relativo a los delitos de malversación y fraude, la sala también desestima la existencia de disposición ilícita de fondos públicos o perjuicio probable. En cuanto a la acusación de prevaricación medioambiental formulada por Ecologistas en Acción, los magistrados argumentan que los permisos ambientales otorgados para la explotación de la mina son posteriores al concurso y, por tanto, ajenos a la adjudicación.
Mientras tanto, la Junta de Andalucía ha decidido continuar con la tramitación del proyecto de explotación del complejo minero de Aznalcóllar, pese a la oposición de la ONG, que había pedido la suspensión del mismo hasta la resolución definitiva del proceso penal. El Gobierno regional, encabezado por Juan Manuel Moreno, dio vía libre al proyecto a finales de mayo, casi 27 años después del derrumbe de la balsa que provocó el derramamiento de siete millones de toneladas de residuos tóxicos al río Guadiamar.
“Es una enorme satisfacción haber restituido el daño que la acusación había causado de forma gratuita a la reputación, buen nombre y honor tanto de mi cliente, la Corporación Magtel, como del resto de partes injustamente acusadas, en especial a los funcionarios que sufrieron una década de persecución”, declaró a este medio Juan Carlos Alférez, abogado de Magtel. El profesional añadió que su cliente mantuvo “una estrecha relación” con Vicente Fernández Guerrero, uno de los acusados, quien en aquel momento era secretario general de la Consejería de Economía y que se vio obligado a dimitir de su cargo como presidente de la SEPI. Asimismo, la directora general de Industria, Energía y Minas de la Junta, María José Asensio, también resultó absuelta.
La sentencia, dictada el 4 de diciembre, fue comunicada a las partes el viernes y es recurrible ante el Tribunal Supremo mediante recurso de casación. Hasta el momento, las partes acusadoras no han confirmado si interpondrán recurso.

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