El Supremo envía a la Audiencia Nacional la decisión sobre la cobertura legal del comité del apagón

El Tribunal Supremo ha remitido a la Audiencia Nacional el recurso presentado por Iberdrola contra la creación del comité de expertos destinado a investigar el apagón ocurrido el 28 de abril, al considerar que carece de competencia para conocer de la legalidad de dicho órgano y de su actuación.

El recurso de Iberdrola y la decisión del Supremo
Iberdrola, bajo la dirección de Ignacio Sánchez Galán, presentó su escrito el 30 de mayo, solicitando al máximo órgano judicial que declarara nulo el comité creado para esclarecer el colapso eléctrico. La compañía argumentó que la comisión no tenía cobertura legal ni en su creación, composición ni en la atribución de sus funciones.
El recurso se interpuso 17 días antes de que el propio comité hiciera público su informe, publicado el 17 de junio. En él se concluyó que la caída de la energía en toda la península se debió a una sobretensión en la red que no fue amortiguada correctamente, señalando un posible error de planificación de Red Eléctrica (REE) y un funcionamiento anómalo de las centrales que deberían haber contribuido a controlar la tensión.
El comité fue creado dos días después del apagón, el 30 de abril, mediante una orden de la vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera, en ejecución de las directrices acordadas por el Consejo de Seguridad Nacional. La orden estableció el régimen jurídico, la composición y la fecha de inicio de la actividad del grupo, encargándole la elaboración de un informe explicativo que debía remitirse al consejo.
Tras examinar el expediente, los magistrados del Supremo, en auto de 4 de diciembre, señalaron que el Consejo de Seguridad Nacional únicamente emitió directrices generales y que la competencia para crear y dotar de contenido al comité correspondió a la orden ministerial de la vicepresidenta. Por tanto, la actuación recae en un acto administrativo del Ejecutivo y no en una decisión del Consejo de Ministros, fuera del ámbito de competencia del Tribunal Supremo en materia contencioso‑administrativa.
En consecuencia, el Supremo rechazó la competencia y remitió la causa a la Audiencia Nacional, que es el tribunal competente para conocer de actos y disposiciones emanados de ministros y de comisiones delegadas del Gobierno.
La Audiencia Nacional ya tiene otro procedimiento abierto relacionado con el apagón. Un día después del incidente, el juez José Luis Calama, del Juzgado Central de Instrucción nº 4, abrió de oficio una investigación para determinar si la caída del sistema eléctrico fue provocada por un ciberataque. Aunque el informe del comité descartó esa hipótesis, identificó vulnerabilidades informáticas en distintas etapas del sistema eléctrico español. El juez mantuvo la investigación para esclarecer cualquier posible incidencia de origen informático.
Iberdrola se ha personado como parte perjudicada en este proceso, aunque aún no conoce los detalles de las actuaciones por estar bajo secreto de sumario.

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