Junqueras y otros tres condenados del procés seguirán inhabilitados hasta que el Constitucional resuelva su recurso de amparo

El Pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado la solicitud de suspensión de la inhabilitación de los cuatro líderes independentistas catalanes condenados en la causa del procés: Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa. La petición, presentada como recurso de amparo contra la decisión del Tribunal Supremo de no aplicar la Ley de Amnistía al delito de malversación, ha sido desestimada en los tres autos que forman parte del Pleno.

Los magistrados que han firmado los autos son el presidente del Tribunal, Cándido Conde‑Pumpido, y los magistrados José María Macías y César Tolosa. En sus resoluciones sostienen que decidir ahora sobre la suspensión de la inhabilitación supondría un pronunciamiento anticipado sobre el fondo del recurso de amparo, que será analizado en los próximos meses.
Motivaciones del Tribunal Constitucional
Según los autos, no existen razones de urgencia que justifiquen la medida cautelar solicitada. El Tribunal considera que la suspensión de la inhabilitación no causaría un perjuicio irreparable a los recurrentes, ya que la condena incluye más de cinco años de cumplimiento y los recursos de amparo se resolverán antes de que finalice dicho periodo.
El Tribunal Supremo, en su sentencia del año pasado, declaró que la Ley de Amnistía excluye expresamente el “beneficio personal de naturaleza patrimonial”. A su juicio, aunque los líderes no hayan percibido un beneficio económico directo, sí habrían obtenido un beneficio patrimonial al financiar con fondos públicos el proyecto independentista que culminó en el referéndum del 1 de octubre de 2017 y la posterior declaración de independencia.
Los recursos de amparo interpuestos por Junqueras, Turull, Romeva y Bassa alegan que la interpretación del Supremo vulnera varios derechos fundamentales, entre ellos el derecho a la participación política. No obstante, el Constitucional ha destacado que, al no haber elecciones próximas, la inhabilitación no afecta de manera inmediata a su ejercicio político, lo que refuerza la ausencia de urgencia.
El Tribunal Constitucional ha reiterado que, aunque la cuestión de la aplicación de la amnistía será resuelta en el fondo del recurso, no puede adelantar su pronunciamiento mediante una medida cautelar que, a su entender, sería prematura.

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