La Audiencia de Girona eleva a seis años de cárcel la pena a un masajista que sabía que agredió sexualmente a una joven de 15 años

La Audiencia Provincial de Girona ha tenido que anular y volver a dictar la sentencia contra Francesc Cabello, masajista de 54 años originario de La Bisbal d’Empordà (Baix Empordà), quien en mayo fue condenado a dos años y medio de prisión por una agresión sexual a una menor de edad.

Tras la sentencia de la Sección Cuarta, el abogado de la acusación particular, Carles Monguilod, presentó un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), al que se sumó la Fiscalía, al alegar que el proceso ignoró que la víctima tenía 15 años.

El TSJC determina la nulidad de la sentencia

El Tribunal Superior estimó el recurso y concluyó que la Audiencia incurrió en “un error patente”, pues durante el juicio el acusado afirmó desconocer la edad exacta de la víctima, aunque sí reconocía que era menor de 16 años. Tras revisar la grabación del procedimiento, el TSJC constató que la respuesta del acusado era que sabía que la menor era menor de edad, pero no tenía certeza de si tenía 15 o 16 años. Por ello, el alto tribunal obligó a la Audiencia a rehacer la sentencia.

En la nueva resolución, Francesc Cabello fue condenado por un delito de agresión sexual a menor de 16 años, con una pena de seis años de cárcel.

Según la sentencia, el 7 de junio de 2022 la víctima acudió al consultorio del acusado para recibir un masaje entre las 19:10 y las 21:15 horas. El masajista, “la dejó en bragas y aprovechó para masajear la zona de la ingle, tocándole la vulva”. Posteriormente, le pidió que se quitara las bragas bajo el argumento de que le incomodaban para continuar el masaje, a lo que la menor accedió a regañadientes.

El acusado, bajo el pretexto de haberse lesionado una cicatriz inguinal durante el masaje, hizo que la menor se levantara, se desnudara y se recostara boca arriba en la camilla, alegando que necesitaba realizarle un masaje en la zona genital. La joven se negó, pero “él le tomó la mano y la pasó por la cicatriz y por su pene erecto”. Ambos permanecieron desnudos y el agresor le pidió a la menor que se colocara encima de él.

El Tribunal consideró que, aunque no quedó “debidamente acreditado” que el acusado supiera la edad exacta de la víctima, sí quedó demostrado que él sabía que era menor de 16 años, lo que justifica la condena por el delito de agresión sexual a menor de edad.

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